INFORMÓ LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD REGIÓN INTERIOR NORTE.LA J.P.S.C EXALTACION DE LA CRUZ (23/07/20) hizo saber del allanamiento por por presunta infracción a la ley 23737.
El S.E.P.C Los Cardales luego de las tareas investigativas, testimonios, pruebas documentales y fílmicas por parte del Edgo. Gabinete Criminologico de la dependencia, suscripto con personal sulbaterno con apoyo de personal de la  Jefatura de Policia de Seguridad Comunal de Exaltación de la Cruz, personal GTO de la Estacion Policial Comunal Capilla del Señor y de Parada Robles, movil CP. Exltacion de la Cruz, personal GAD Exaltación de la Cruz y Personal Guía y Can Rocky de la Dirección de Cinotecnica La Plata, dando cumplimiento a Orden de Allanamientos  librada por Juzgado de Garantia nº 1 a cargo Dra. ADRIANA CIONE del Departamento Judicial ZARATE CAMPANA en la causa nº 14.769 caratulada PRESUNTA INFRACCION LEY 23737-VENTA DE ESTUPEFACIENTE-PP. 18-03-00610/20 tramite AREA LEY 23737 Dptl., iniciada día 2/05/2020 Preventivo 182/20, es que llevado a cabo protocolo de estilo y bioseguridad, se procedió a irrumpir en *OBJETIVO 01*, la vivienda sita en Maipú nº 24 esquina Belgrano de este medio, donde habita sindicado identificado como *JONATHAN EMANUEL VALLEJOS* Arg., (22), instruído, soltero,. delivery de comidas, ddo.en el lugar, DNI 41.085.349, nacido 14/02/1998 en Rosario, Santa Fe, hijo de María Elena Vallejos (v), vivienda esta que efectuado el rastrillaje con can Rocky, y al tener indicios positivos personal, llevó a cabo requisa procediéndose a la *INCAUTACION* de siguientes elementos: (6) plantas de cannabis sativas en maceta, (5) plantines de cannabis sativa en maceta, (3) envoltorios conteniendo clorhidrato de cocaína listos para la venta, elementos de fraccionamiento: cortes de nylon, precintos de cocina azules y tijera manual, (2) teléfonos celulares del imputado, motocicleta Yamaha Crypton color blanca domino 011-LNI (utilizado para realizar delivery de las sustancias).
Anoticiado el Dr. Guevara titular del Área Ley 23737. Dptal., por parte del Dr. Fernández Sebastián- Secretario del MPF,  dispuso notificación, formación sumaria artículo 60 del CPP. y Libertad 161 CPP, continuándose con las investigaciones y posterior análisis de los equipos de telefonía. El vehículo fue incautado sin impedimentos.

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