EXALTACIÓN DE LA CRUZ EN FASE 4. ACTUALIZACIÓN.
En vistas de la publicación en el día de ayer del Decreto N° 4/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, el gobierno de la provincia de Buenos Aires dispone las siguientes medidas, que entrarán en vigencia el lunes 11 de enero a partir de la 01:00 hs.
En los municipios que se encuentran en fases 3 y 4 se suspenderá entre las 01:00 y las 06:00 horas toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.
Reducir las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.
Restringir el uso de transporte de pasajeros urbano a personas alcanzadas por las actividades y servicios definidos como esenciales.
Reforzar todos los controles, tanto provinciales como municipales, para disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas se reciben a través del 911 y de la línea (221) 429-3386, dispuesta por el Ministerio de Seguridad, la cual funciona viernes, sábados y domingos de 22.00 a 06.00 horas exclusivamente para este tipo de delitos.
En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.
EN EXALTACIÓN DE LA CRUZ PARA TODO TIPO DE DENUNCIAS COMUNICARSE AL CAV 08006669009
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MIRÁ QUE DAN QUE HABLAR, EH?
Foto: gentileza BAE Negocios.