LOS CAMBIOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO.
Publicada la Resolución General 5028/2021 de la AFIP, quedaron oficializadas en el Boletín Oficial, las nuevas escalas para que los monotributistas puedan realizar la recategorización semestral, y el pago mensual correspondiente a agosto.
La medida del organismo garantiza que los pequeños contribuyentes, puedan realizar la recategorización con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal para monotributistas.
La normativa dispuso que la recategorización para los monotributistas, estará habilitada del 28 de julio al 18 de agosto. Las nuevas categorías serán las que estén vigentes entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
Además, la AFIP estableció que hasta el 27 de agosto podrá realizarse el pago de la obligación mensual correspondiente a ese mes. En el caso de los pequeños contribuyentes que abonen sus obligaciones a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático, la operación también se efectuará el día 27 de agosto

Dejá una respuesta