HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ
Exaltación de la Cruz,16 de Julio de 2024
Señor Presidente: Raúl Sancho
Me dirijo a usted a los efectos de elevar el siguiente Proyecto de Ordenanza para su tratamiento.
AUTOR: Pablo De Brito. Presidente de Vecinos Unidos Exaltación de la Cruz. Exp 5200-16885/21
VISTO:
La sanción de la Ley Nacional N° 27.742 denominada ¨Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos¨en el cual su Título VII crea el Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones-RIGI–, y que en su artículo 224 expresa “Invítese a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los Municipios a adherir al Régimen de Incentivos para grandes Inversiones -RIGI- en todos sus términos y condiciones.”
CONSIDERANDO:
Que la sanción de esta Ley constituye un hito para el desarrollo productivo del país, ya que permite la habilitación de nuevos proyectos de grandes inversiones que Argentina necesita.
Que la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Exaltación de la Cruz se encuentran en una situación económica – financiera , difícil desde hace más de una década.
Quedebemospromoverlainversióndirectaparael partidodeExaltación de la Cruz,conlasdiferentes normasdictadasporesteHCD orientadas a generar alivio fiscal y a crear un Régimen deAtracción de Inversiones, Promoción del Empleo y Producción, siendoestascondiciones necesarias pararevertir elestadoactualdecrisis.
Que con ese espíritu fue sancionado el Régimen de Incentivos paraGrandes Inversiones -RIGI- que forma parte de la Ley Bases 27.742 ypromulgado por el Decreto PEN N° 592/2024cuyosprincipales objetivosson; otorgar la certidumbre y seguridad jurídica que permita adelantarlas decisiones de realizar grandes inversiones para generar desarrollo económico, fortalecer la competitividad, incrementar las exportaciones, fortalecer el empleo,entreotros.
Que el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), en suCapitulo II, Articulo 167, prevé su aplicación entre otros proyectos, alos relacionados con la Forestoindustria, elTurismo,la Minería,laEnergíaylaTecnología.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, EN USO DESUSATRIBUCIONES,SANCIONALASIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Adhiérase el Municipio de Exaltación de la Cruz al Título VII¨Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones¨ de la Ley NacionalN° 27.247 ¨Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de losArgentinos¨enlos términos de los artículos 224 y 225 de lamencionada Ley.
ARTÍCULO 2º: Establézcase que una vez dictada la reglamentación de la norma a nivel nacionalo provincial,elDepartamentoEjecutivoMunicipal– DEM, seaquiendeterminarálaautoridadde aplicación, evaluará los términos de la misma a efectosdesureglamentaciónanivelmunicipal.
ARTÍCULO 3º: Autorícese al DEM a suscribir con el estado Nacional yla Provincia de Buenos Aires los convenios pertinentes y toda otradocumentación que resulte necesaria a los efectos de la puesta en marchadelasoperatorias queenlamencionada Ley seconsignan
ARTÍCULO4ºDeForma