“VECINOS POR EL ARROYO LA PLEGARIA” SE ENCUENTRAN EN ALERTA, Y DICEN “NO” A ESTE TIPO DE EMPRESAS.

Resulta un tema recurrente, que no deja de generar gran preocupación entre vecinos y pobladores exaltacruceños, y que pese al transcurso del tiempo, no se ha encontrado una solución satisfactoria.

El nucleamiento denominado “Vecinos por el Arroyo La Plegaria”, que se encuentra abocado a que se encuentre una salida al problema tan debatido y discutido, ha reiterado su firme postura a través de un informe amplio y pormenorizado que por su importancia, que acá reproducimos en forma textual:

“En el Parque Industrial Ruta 6 en la localidad de Los Cardales (partido de Exaltación de la Cruz) se instaló desde hace más de un año una industria química de Tercera Categoría (de acuerdo a la clasificación por la Ley 11459, su funcionamiento implica un riesgo para la seguridad, salubridad e higiene de la población, u ocasiona daños graves a los bienes y al medio ambiente), que trabaja básicamente con ácido sulfúrico.

 

 

Esta empresa tuvo que suspender sus actividades a raíz de la Ordenanza Municipal 2553/2018, según la cual la aprobación de industrias que manejan determinadas sustancias peligrosas depende del Honorable Concejo Deliberante. Esta aprobación actualmente se está deliberando, y previamente, la Jefatura de Ambiente (de la Dirección de Producción y Medio Ambiente del municipio), ya ha dado su aprobación.

Este tema ha puesto nuevamente en alerta a muchos vecinos, que se han movilizado de diferentes maneras. Hay malestar entre los vecinos, hay malestar por parte del municipio, hay malestar de parte del Parque Industrial … todo eso, porque no se ha respetado la normativa vigente, lo que dicta la Constitución Nacional, la de la Provincia de Buenos Aires, las leyes ambientales, la ley de Ordenamiento Territorial e incluso la normativa de radicación industrial.

Por ley tenemos derecho a vivir en un ambiente sano, nosotros y las generaciones futuras, y el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente.

Por ley el municipio es el responsable primario en materia de ordenamiento territorial, y los vecinos tenemos por ley el derecho y el deber de participar en el proceso, sobre todo, cuando se trata de re-zonificar a favor de un emprendimiento de la envergadura de un parque industrial. Las decisiones de ordenamiento territorial deben llevarse a cabo salvaguardando las aspiraciones, necesidades y los intereses generales de la comunidad.

Por ley se asegura una instancia previa y obligatoria de participación ciudadana en el marco del proceso de evaluación, de los proyectos de establecimientos industriales a emplazarse en el territorio bonaerense, teniendo en cuenta la relevancia social o ambiental del caso.

Por ley un parque industrial o una industria en particular NO puede iniciar las obras de construcción hasta tanto no cuente con la licencia (autorización) ambiental correspondiente y su posterior habilitación.

Y por ley las autoridades de aplicación, tanto el OPDS (Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible), como el municipio debieron realizar las fiscalizaciones que les corresponden.

Y en el caso del Parque Industrial que nos preocupa, LAS LEYES NO SE CUMPLIERON.

De ninguna manera nos oponemos a la creación de fuentes de trabajo, defendemos nuestra salud y el derecho a un ambiente sano.

Recordemos que el municipio re-zonificó de tal manera, que el Parque Industrial Ruta 6 quedó adyacente al ejido urbano de Los Cardales, para muchos vecinos está apenas cruzando la calle o la ruta. No consideró dejar una zona de amortiguación entre el PIR6 y las viviendas permanentes preexistentes.

Recordemos que los desagües industriales y pluviales que provienen del 50% de las industrias del Parque Industrial pasan actualmente por el ejido urbano de nuestra localidad y por barrios periféricos.  

Recordemos que no se ha impermeabilizado el Reservorio (en el que vuelca esta industria química) en el cual se colectan todos los desagües industriales de la zona norte del PIR6, por lo que éstos se filtran a las napas. Las plantas de tratamiento de efluentes son sistemas mecánicos, biológicos y químicos delicados que fácilmente pueden salirse de régimen y volcar efluentes fuera de los parámetros preestablecidos.

Recordemos que, ante imprevistos, accidentes o descuidos, los contaminantes en los procesos industriales inevitablemente terminarán en los desagües, o en una nube tóxica, que sólo necesita viajar pocos cientos de metros para afectar nuestra localidad. Y sabido es que esto lamentablemente ocurre con mucha frecuencia y no trasciende.

Recordemos que hace casi 2 años estamos reclamando soluciones … y nada se solucionó.

NO PODEMOS PERMITIR QUE EN EL PARQUE INDUSTRIAL RUTA 6, NI EN LAS CERCANÍAS DE LOS CARDALES SE INSTALEN MÁS INDUSTRIAS DE TERCERA CATEGORÍA.

En cuanto se permita la instalación de una primera industria de Tercera Categoría, vendrán otras, que sabrán aprovechar los huecos y vericuetos legales para lograr su aprobación…”. 

Fotos: Facebook Vecinos por el Arroyo La Plegaria.

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